Desde la revista Compromiso, de la Sociedad Rural del Lobos, se entrevistó a Juan Pablo Borioni, abogado especializado en temas agrarios. Esta es su visión sobre el tema:
--¿Cuál es en la actualidad, desde el punto de vista legal, el panorama del uso de fitosanitarios?
--Para empezar, es un tema político. El 92,5 % de la población de nuestro país vive en la ciudad, mientras que el 7 % en el campo. La relación de la ciudad con la naturaleza es una relación interrumpida por el desconocimiento y la falta de empatía en general. Se genera entonces una capitalización de ambientalistas que creen que la naturaleza se tiene que observar y no utilizar. Como es un concepto utópico, nace de un supuesto equivocado y eso hay que tratar de revertirlo con una cantidad de argumentos técnicos, verídicos y sanitarios que están fundados en lo toxicológicos.
“Este concepto se viene trabajando en el mundo a través de la Organización de las Naciones Unidas para la Agricultura y la Alimentación (FAO). La agroecología es una rama de la agricultura que nació hace 30 años en Estados Unidos. No es una rama excluyente de la agricultura convencional, sino que es una rama alternativa que permite el uso de fitosanitarios de manera racional.
“La agroecología, entendida como un método ancestral de trabajo de la tierra, es utilizada por el gobierno con la finalidad de que el producto tenga un bajo costo. Aparece el trueque y métodos que son antiguos y, en general, al Estado también lo perjudica porque baja la producción. Entonces, ¿cómo revertir esto? Lo que hay que hacer es tener un concepto de agro dentro del marco de la Constitución. Argentina necesita una clarificación técnica, ya que la superficie de la provincia de Buenos Aires y toda la Pampa Húmeda abastece de alimentos a un tercio del mundo.
Además de ser una fuente de riqueza, es un deber frente al mundo generar alimentos suficientes para que la gente pueda consumirlos.
“La realidad es que el concepto es erróneo con el tratamiento de los humedales, la ley de fuego, la ley de agroquímicos que se quiere modificar, las ordenanzas municipales, los ejemplos de revisionismos en diferentes ámbitos. Ya el hecho de los controles es bastante complicado para el productor porque tiene que pensar no solo en producir sino también en cumplir una serie de requisitos, que pueden ser o no necesarios, para mantener la inocuidad del alimento y del medio ambiente.
“Es mucho más perjudicial una industria para el calentamiento global que lo que puede generar un fitosanitario en el ambiente (ya que se diluye). Acá estamos mezclando la contaminación ambiental con los fitosanitarios, con lo que puede producir la ganadería con los productos transgénicos. Hay un coctel que viene desde lo ideológico.
“El problema es que la agenda del sector rural es una agenda que ha sido desvinculada de este tema. Están más preocupados en temas tributarios y de impuestos. La agenda gremial ha descuidado esta cuestión y no se ha preparado para enfrentar al veganismo y al ambientalismo, que tienen una gran dosis, por lo menos en Argentina, de componente ideológico. Es un tema que hay que redefinir. Las ordenanzas son ámbitos excesivos de control que no tienen la legalidad suficiente y a su vez, los jueces lo consideran delito cuando son contravenciones.
“Los jueces los utilizan para iniciar acciones judiciales y penales contra los productores. Lo científico no está sobre lo político y lo político genera muchas hectáreas improductivas. Esto trae aparejado una discusión: la ciudadanía debe aprender que tiene que coexistir esta naturaleza intervenida por el hombre y aceptar que la naturaleza no es un pájaro volando hacia una planta, sino ver la racionalidad y la sustentabilidad de la producción.
“Las ordenanzas municipales infringen la Ley Orgánica de las Municipalidades de la provincia de Buenos Aires, abarcan temas de la Ley de Agroquímicos que no ha sido derogada y está vigente y duplican las penas para los productores. Hay hechos que ni siquiera están contemplados en la ley provincial”.
--¿Esto quiere decir que hay ordenanzas que quieren superar a la ley provincial?
---Las ordenanzas son más duras, rígidas e inflexibles.
---Jurídicamente sería impracticable.
---El ordenamiento jurídico territorial se delega a los municipios para establecer lo que es rural, urbano y semiurbano. Lo que no quiere decir que dentro de ese ordenamiento tenga que haber prohibiciones que excedan lo que es científico. Se hagan por caprichos o denuncias de vecinos.
La gente escucha que el medio ambiente es como una cajita de cristal. Hay que cuidarlo porque si no se rompe. No es cierto.
“El ambiente es todo lo que nos rodea, lo que nos une. Cuando uno anda en auto contamina más que cuando se usa fitosanitarios. El Raid contamina más que el glifosato. Por lo tanto, son todos paradigmas que están en boca de los ciudados porque hay sectores que, de forma tendenciosa, elaboran conceptos subjetivamente creados.
“Hay una ley nacional que genera una serie de prohibiciones que excede lo científico y se necesitan políticas públicas que prioricen la generación de alimentos, que es nuestro ingreso en este momento, dentro de un ambiente sano, sustentable y progresivo. No es con prohibiciones sino con buenas prácticas agrícolas.
“Las buenas prácticas agrícolas ya tienen establecido cómo se debe pulverizar. No hay que generar una ordenanza prohibitiva sino al contrario, controles que sean neurálgicos, como puede ser en acuíferos o zonas donde están densamente pobladas. Tiene más que ver con un sistema de aplicación racional que con una prohibición. En el mundo se aplican los herbicidas (o los fitosdanitarios) prácticamente sin restricciones, salvo cuando hay hechos puntuales que puedan traer algún perjuicio particular. Lo que prima son las buenas prácticas agrícolas no las prohibiciones.
Dr. Juan Pablo Borioni, titular del Estudio Borioni Abogados, de Tres Arroyos.
“No tiene que haber ordenanzas, sino un marco de control vital, como los de Senasa y los de OPDS. Los municipios no tendrían que intervenir porque es un tema científico. Salvo que se invada el área urbana. En este caso está determinado que el área urbana no se puede pulverizar. A 1.000 metros de los pueblos tampoco por decreto provincial no se puede pulverizar con aviones. Ya hay bastantes prohibiciones para generar más de algo que se necesita para mantener la planta y desarrolle la suficiente destreza para producir.
“Toda esa cantidad de normativas, que generaron desde los municipios, ha hecho chocar a normas provinciales y nacionales. Se generó un conflicto de tal manera que, cuando se viola 10 metros, se le imputa al productor un delito de carácter penal. Esto es disparatado. Hay que ir a una normalidad técnica, dejar de lado la parte ideológica, ver cómo se vive y se produce en el campo, articular una visión de un país sustentable y no de uno que genere desperfectos en la producción”.
Fuente: Revista Compromiso, de la Sociedad Rural de Lobos.